Se sabe que el Gobierno Nacional intentará una nueva reforma laboral y que oficializaría su anuncio luego de las elecciones legislativas del próximo 26 de octubre. No obstante, algunos puntos ya se han filtrado a través de fuentes directas de la propia Casa Rosada. Entre ellos:
– Eliminación de las paritarias y su reemplazo por “negociaciones libres” y directas entre empleador y empleado (sin mediación gremial).
– Limitación de la intervención y actividad de los sindicatos.
– Limitación de los juicios laborales iniciados por despidos o irregularidades laborales.
– Reducción de las tasas de interés en sentencias laborales a favor de los trabajadores.
– Digitalización y modernización de los registros laborales, de manera tal que la formalización y el registro de los contratos laborales a inscribir sea más simple y ágil.
– Revisión del régimen indemnizatorio, lo que podría llegar a interpretarse como una limitación al cobro de las indemnizaciones (al momento, sin mayores detalles).
– Incorporación de nuevas modalidades de contratación (resta saber si las mismas serán consideradas como contratos de trabajo o figuras ajenas al régimen laboral, legalizando un posible fraude al encubrir una relación de trabajo).
– Ampliación del período de prueba: actualmente es de 6 meses (mínimo) desde la última y reciente reforma hace poco más de un año. Buscarían llevarlo a más de 6 meses. No se descartan modificaciones.
Convenios colectivos con “exigencia mínima”
A modo de adelanto, Cordero planteó que en caso de que los convenios colectivos generales mantengan su actual estructura jurídica pasen a tener un nivel de “exigencia mínimo” con la base de tener en cuenta la “realidad de la empresa más desfavorecida en la zona más desfavorecida del país”.
Cordero señaló que a partir de ese piso, luego cada empresa de la misma rama podrá mejorar las condiciones que ofrezca a sus trabajadores. El secretario remarcó que esta idea busca fortalecer el concepto de sostenibilidad económica de las empresas, lo cual está vinculada al área en la que se desempeña.
Diferenciar el trabajo autónomo de la relación de dependencia
Acerca del ataque a la informalidad marcó que habrá que diferenciar aquellas contrataciones irregulares de aquellas que por su naturaleza son autónomas: “Lo que es genuinamente autónomo debe quedar bien establecido que es así”, subrayó para diferenciar este tipo de vinculación a una contratación por “monotributo que pretende esconder una relación de dependencia”.
El funcionario planteó que la reforma debe tener un amplio aval de los sindicatos, pero advirtió que estas organizaciones también están sufriendo procesos internos de debate que complican las conversaciones.
