En la Sexta Sesión del período ordinario, la Cámara de Diputados aprobó la Ley de Desarrollo Local Minero, iniciativa destinada a promover el desarrollo sostenible de las comunidades vinculadas a la actividad y fortalecer la participación de trabajadores y proveedores locales.
También se dio sanción a la creación del Sistema Único de Gestión de Trámites para Habilitaciones Comerciales, Industriales y de Servicios; y se declaró al Newcom deporte de interés provincial.
Asimismo, la Legislatura ratificó un convenio con el Arzobispado de San Juan de Cuyo, aprobó la afectación de personal docente para programas y proyectos educativos; una comunicación vinculada a la seguridad en el departamento San Martín y diversas declaraciones de interés.
La sesión fue presidida de manera alternada por el vicepresidente primero, diputado Enzo Cornejo, y la vicepresidente segunda, diputada Marisa López.
En la oportunidad, el legislador Cornejo transmitió el saludo del vicegobernador Fabián Martín a los trabajadores de la Cámara con motivo del Día del Empleado Legislativo, que se conmemora el próximo 6 de julio, y destacó la labor que desempeñan diariamente en el funcionamiento de la institución.
Desarrollo Local Minero
Tras la presentación de los fundamentos por parte del diputado Andrés Castro, en su carácter de miembro informante, y luego de un extenso debate en el que participaron los legisladores Marisa López, Gustavo Deguer, Leopoldo Soler, Franco Aranda, Emilio Escudero, Cristina López, Fernanda Paredes, Luis Rueda, Jorge Castañeda, Miguel Vega, Eduardo Cabello, Gabriel Sánchez, Juan Carlos Quiroga Moyano, Juan de la Cruz Córdoba, Gustavo Usin, Mario Herrero y Graciela Seva, la Cámara aprobó el proyecto de Ley para el Desarrollo Local Minero.
La iniciativa obtuvo 33 votos afirmativos y dos negativos, correspondientes a los diputados Mario Herrero y Graciela Seva. Tras la aprobación en general, el cuerpo procedió al tratamiento en particular, instancia en la que se introdujeron modificaciones al texto que contaba con despacho de las comisiones de Legislación y Asuntos Constitucionales, Hacienda y Presupuesto y Minería y Energía.
Cabe señalar que la normativa alcanza las actividades desarrolladas por la industria minera en cualquiera de sus etapas sea de prospección, exploración, construcción, explotación, cierre y post-cierre de minas procesamiento y comercialización de minerales comprendiendo todas las actividades del artículo 249 del Código de Minería en todo el territorio de la provincia de San Juan. Abarca los sujetos definidos en el artículo 3 de la presente Ley y fomenta sobre la base de modelos colaborativos y sustentables, los siguientes objetivos:
· El desarrollo sostenible, estratégico y diversificado de las comunidades de influencia de proyectos mineros;
· El aumento del empleo privado registrado, y la mejora de su cualificación, en la comunidad de influencia de los proyectos mineros y en el resto de la provincia de San Juan;
· La mayor participación y el agregado de valor en los proyectos mineros, por parte de proveedores locales de la comunidad de influencia y del resto de la provincia de San Juan;
· La generación de condiciones de previsibilidad, transparencia, competitividad y accesibilidad a las oportunidades que generen los procesos de contratación de trabajadores y proveedores en el sector minero provincial.
